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martes, 7 de septiembre de 2021

Conjuntos histórico-artísticos de la provincia de Cáceres: mosaicos fotográficos

 

El pasado mes de abril os presentaba, a raíz de la publicación de una ruta audiovisual por los conjuntos histórico-artísticos de la provincia de Badajoz elaborada por el Proyecto Extrema Dorii, una colección de mosaicos fotográficos dedicados a las doce localidades pacenses que cuentan con tal declaración patrimonial: Alburquerque, Azuaga, Burguillos del Cerro, Feria, Fregenal de la Sierra, Fuente del Maestre, Jerez de los Caballeros, Llerena, Magacela, Mérida, Olivenza y Zafra. 

https://caminosdecultura.blogspot.com/2021/04/colaboraciones-de-extremadura-caminos.html

Aprovechando la inmediatez del Día de Extremadura, hemos querido desde este blog cumplimentar aquella exposición, dedicándole una entrada a los conjuntos histórico-artísticos de la provincia cacereña, a fin de poder disfrutar de la totalidad de localidades extremeñas que disfrutan de tal reconocimiento, paseando así por la práctica totalidad de nuestra geografía, disfrutando de nuestra historia, nuestra etnografía y nuestro arte. En el caso de la Alta Extremadura, son dieciocho los enclaves declarados como conjunto histórico-artístico, cuyo listado se iniciaría en 1.943 a raíz de la declaración como monumento histórico-artístico de la Puebla de Guadalupe, siendo curiosamente el santuario guadalupense el primer inmueble extremeño en recibir la por entonces declaración de monumento nacional, corriendo el año de 1.879. Poco después, en 1.949, sería reconocido el conjunto histórico-artístico de Cáceres, conociendo seis de sus principales monumentos la declaración de los mismos, a modo individual, como monumentos nacionales, otorgadas entre 1.930 y 1.931. 

Tras Cáceres, vendrían Plasencia y Trujillo en 1.958 y 1.962 respectivamente, siendo reconocido Cuacos de Yuste como Paraje pintoresco en 1.959, tras llevar varias décadas disfrutando el monasterio de Yuste como monumento nacional, desde que fuese reconocido como tal en 1.931. En 1.969 le llegaría el turno al conjunto histórico de Hervás, bajo la denominación de Barrio Judío, siendo un año después declarada la localidad de Valverde de la Vera, con otra localidad verata, la de Garganta la Olla, prosiguiéndola en el listado desde 1.978. Inaugurada con esta declaración la relación de aportaciones que engrosarían el listado ya en la actual democracia, serían puestos en valor el casco urbano del abandonado pueblo de Granadilla en 1.980, así como el conjunto de Villanueva de la Vera, en 1.982. Conseguida la autonomía extemeña, el número de declaraciones otorgadas hasta entonces prácticamente se duplicaría, con Galisteo, Coria, Robledillo de Gata y Gata declarados en 1.991, 1.993, 1.994 y 1.995 respectivamente, terminando el siglo XX con el reconocimiento del Barrio Gótico de Valencia de Alcántara como conjunto histórico en 1.997, sumándose  las declaraciones en 1.998 de Cabezuela del Valle y Pasarón de la Vera. 

Curiosamente, a la prodigalidad declarativa de los años 90 le sucedería una única declaración en lo que llevamos del siglo XXI, otorgada a la villa de Brozas en 2.016. Ciertamente polémicos, o como poco llamativos, han sido los casos de Alcántara y Vegaviana, con el advenimiento por dos ocasiones de la caducidad sobre los incoados expedientes de protección redactados en pro de sendos municipios. Para Alcántara, se incoaría un primer expediente por orden de 21 de abril de 1.998, caducado por resolución de 23 de diciembre de 2.014. Un segundo intento, esta vez con la idea de declarar la localidad alcantarina como Sitio histórico, se iniciaría por resolución de 26 de enero de 2.015, conociendo igual archivo por resolución de 4 de diciembre de 2.020. La oposición de su ayuntamiento, en ambos momentos, sería al parecer el motivo que impidiera a Alcántara disfrutar de tal condecoración, mientras que la oposición vecinal conllevaría el imposibilitar de otorgación a Vegaviana, cuyos expedientes, incoados mediante resoluciones de 29 de junio de 2.009 y 9 de octubre de 2.014, serían declarados caducados el 6 de junio de 2.011 y el 10 de octubre de 2.018, respectivamente. A la espera quedan aún los expedientes incoados a favor de San Martín de Trevejo (resolución de 12 de marzo de 1.991), Hoyos (resolución de 30 de junio de 2.004), o de la aldea de Trevejo, dependiente de Villamiel (Orden de 15 de abril de 1.994), cuya iglesia y espadaña sí conocen la declaración como bien de interés cultural desde el 27 de septiembre de 1.982. Su final aprobación permitiría disfrutar a la provincia de Cáceres de un total de 21 poblaciones declaradas conjunto histórico-artístico que, sumadas a la docena de localidades pacenses que poseen tal reconocimiento, superarían la treintena de municipios que hoy disponen de tal condecoración, demostrando la riqueza patrimonial de nuestra región, mientras ésta espera, pacientemente, ser descubierta en cada uno de sus rincones.

Conjuntos histórico-artísticos de la provincia de Cáceres:

Brozas: decreto 148/2016, de 13 de septiembre.


Cabezuela del Valle: decreto 55/1998, de 21 de abril.


Cáceres: decreto de 21 de enero de 1.949.


Coria: decreto 72/1993, de 20 de mayo.


Cuacos de Yuste: decreto 300/1959, de 26 de febrero.


Galisteo: decreto 99/1991, de 3 de septiembre.


Garganta la Olla: decreto 542/1978, de 10 de febrero.


Gata: decreto 28/1995,  de 21 de marzo.


Granadilla: decreto 2428/1980, de 26 de septiembre.


Guadalupe: decreto de 27 de septiembre de 1.943.


Hervás: decreto 308/1969, de 13 de febrero.

 

Pasarón de la Vera: decreto 98/1998, de 21 de julio.


Plasencia: decreto de 20 de junio de 1.958.


Robledillo de Gata: decreto 39/1994, de 7 de marzo.


Trujillo: decreto 2223/1962, de 5 de septiembre.


Valencia de Alcántara: decreto 38/1997, de 18 de marzo.


Valverde de la Vera: decreto 3838/1970, de 31 de diciembre.


Villanueva de la Vera: decreto 3941/1982, de 15 de diciembre.

- Con expedientes incoados (no declarados):

Hoyos: resolución de 30 de junio de 2.004.


San Martín de Trevejo: resolución de 12 de marzo de 1.991.


Trevejo (Villamiel): resolución de 15 de abril de 1.994.

viernes, 31 de agosto de 2018

Imagen del mes: Logia renacentista del Palacio de los Condes de Osorno, en Pasarón de la Vera


Sobre la fachada lateral del palacio que los Condes de Osorno ostentarían en pleno corazón de la Vera cacereña, una galería cubierta se abre en amplio balcón a modo de logia de sencillas líneas, trazado según el gusto clasico que, al parecer, D. Garci Fernández Manrique de Lara, III Conde de Osorno y señor de Galisteo, descubriría y admiraría durante el viaje a Italia que realizaría como acompañante de Carlos I en su coronación en Bolonia como emperador del Sacro Imperio Romano Germánico, un año antes de adquirir el señorío de Pasarón, en 1.531, decidiendo remodelar el primitivo palacio de corte militar medieval en toda una residencia renacentista que deslumbraría como edificio civil tanto en la localidad, como en el resto de la comarca.
Pasarón de la Vera (Cáceres). Siglo XVI; estilo renacentista.


Arriba y abajo: erigiéndose un primer edificio por la que fuese propietaria del Señorío de Pasarón a finales del siglo XV, Doña Francisca de Toledo, tras perder su esposo D. Gutiérrez de Solís el condado cauriense y fijar el matrimonio su residencia en Pasarón, sería el inmueble duplicado tras la llegada de D. Garci Fernández Manrique de Lara alargándose por su esquina suroccidental, resultando una fábrica en forma de L cuya fachada lateral o frontal exterior de la prolongación arquitectónica del siglo XVI permite apreciar la adecuación de la construcción al desnivel terrenal, sumándose una planta más a las dos originales (abajo), con tres alturas finales donde destaca la logia clásica central, coronada por un corredor horadado con una serie de arcos de medio punto, añadido ya en el siglo XVII (arriba).



Arriba y abajo: diseñado en el más puro estilo clásico renacentista, la logia lateral del pasaroniego Palacio de los Condes de Osorno muestra una balconada sustentada por cinco columnas cajeadas rematadas en dintel de orden compuesto, soporte a su vez de una destacada serie de pétreas zapatas labradas sobre las que descansa el dintel final, quedando marcado el punto de unión del cerramiento superior con los pilares balconiles a través de cinco clípeos desde los que asoman las testas de similar número de personajes, de frente y barbados el segundo y cuarto, cubiertos y de perfil el primero y último, femenino presuntamente el central.






Arriba y abajo: remata el conjunto en sus esquinas laterales inferiores sendas gárgolas graníticas (arriba y abajo), reminiscencia medieval sobre la que parte el diseño renacentista, duplicada en la planta inferior a modo de cabezas pétreas que asoman desde el lienzo mural, desaparecida la derecha y convertida en mera decoración la izquierda, taponada la abertura de desagüe (abajo, siguientes).





Arriba: siendo la logia lateral la balconada más destacable del palacio pasaroniego, cuenta el edificio con más ejemplares balconiles y vanos de relevancia artística, abriéndose una nueva galería cubierta en la fachada principal del monumento de menor categoría que la logia pero destacable en el conjunto urbano de la pasaroniega Plaza del Palacio a la que se abre, coronando la puerta principal de entrada a la vivienda, rubricada por un blasón que guarda los escudos del matrimonio formado por D. Garci Fernández Manrique de Lara con Dña. María de Luna, impulsores y mecenas de la renacentista obra.

Abajo: a la derecha de la portada principal llama la atención la presencia de una saetera sobre otro de los balcones renacentistas con que cuenta el edificio, clara contraposición de las líneas arquitectónicas de lo que fuera el primitivo palacio medieval, robusto y sobrio, con el clasicismo y elegancia de la construcción efectuada en el siglo XVI, enmarcada entre jambas y dintel cajeados, englobados a su vez por cornisa y columnillas sobre ménsulas, con balaustrada ciega y remate en pináculos.


Abajo: coronados los tejados del edificio con una amplia colección de chimeneas de sabor mudéjar, la silueta del palacio de los Condes de Osorno se alza sobre el resto del verato caserío de Pasarón, considerado en su resultado artístico y sabia combinación de los elementos arquitectónicos clásicos italianos con las soluciones constructivas propias del país y de la época, a la que se sumaría el toque hispano-musulmán, como la obra civil renacentista más elegante de la comarca de la Vera, uno de los escasos palacios de relevancia artística además ubicado fuera de las grandes poblaciones del siglo XVI extremeño, claros motivos que han permitido al inmueble poder ser declarado Bien de Interés Cultural con la categoría de Monumento, por DOE 60/2018 de 15 de mayo.


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